Construcción de vías en zonas de explotación forestal

La construcción de vías en zonas de explotación forestal consiste en la construcción de vías directamente relacionadas con una operación de tala de madera. Estas actividades incluyen el mantenimiento de las vías, así como la construcción original de estas. El precio bruto del contrato está sujeto a impuestos en virtud de la clasificación del impuesto sobre las actividades económicas y de ocupación (Business & Occupation, B&O) por extracción propia o por contrato. Además, el contratista debe pagar el impuesto sobre B&O por extracción propia o por contrato y el impuesto sobre uso por el valor de los materiales extraídos para el trabajo. La construcción de vías privadas en cualquier otro contexto es una venta al por menor.

Los contratistas de vías en zonas de explotación forestal son los consumidores de cualquier material que incorporan a las vías. El contratista debe pagar el impuesto sobre las ventas minoristas o el impuesto sobre uso por el valor de los materiales. Si el contratista no ha comprado los materiales, debe pagar el impuesto sobre uso según el valor de los materiales. Por ejemplo, las rocas incluyen escollera, grava no fabricada, rocas trituradas y otros productos provenientes de la roca que se usan en la construcción de vías en zonas de explotación forestal. El valor se basa en el valor justo de mercado de los materiales, según se estipula en la Sección 458-20-112 del Código Administrativo de Washington (Washington Administrative Code, WAC). A falta de ventas de productos similares como guía para calcular el valor, este se determina por el costo total atribuible a las rocas extraídas y procesadas, incluida la materia prima, los costos de extracción y procesamiento, los gastos generales y cualquier costo de transporte entre el lugar de extracción y el de procesamiento.